Carta de Renuncia Guatemala 2026: Modelo + Guía de Derechos

La carta de renuncia en Guatemala es el documento con el que un trabajador notifica voluntariamente la terminación de su relación laboral. El Artículo 83 del Código de Trabajo (Decreto 1441) establece los plazos de aviso previo que el trabajador debe respetar según su antigüedad. A continuación encontrás un modelo de carta lista para usar y la guía completa sobre tus derechos al renunciar.

Respuesta rápida: Al renunciar en Guatemala tenés derecho a aguinaldo, Bono 14 y vacaciones proporcionales, más la devolución de tus cuotas IGSS. La indemnización del Artículo 82 no aplica si renunciás voluntariamente.

Plazos de aviso previo al renunciar (Artículo 83 CT)

Antigüedad en el trabajo Aviso previo mínimo
Menos de 6 meses 1 semana (7 días)
De 6 meses a 1 año 10 días
De 1 año a 5 años 2 semanas (14 días)
Más de 5 años 1 mes (30 días)

Durante el período de aviso, la relación laboral continúa con normalidad: seguís trabajando y el empleador te sigue pagando. El empleador puede liberarte antes, pero deberá pagarte el salario del período de aviso que resta.

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Modelo de carta de renuncia Guatemala 2026

Guatemala, [Ciudad], [día] de [mes] de 2026

[Nombre del empleador o representante legal]
[Nombre de la empresa]
Presente

Estimado/a señor/a:

Por medio de la presente, yo [Tu nombre completo], con DPI número [número de DPI], trabajador/a del puesto de [tu cargo] en esta empresa desde el [fecha de inicio], me dirijo a usted respetuosamente para comunicarle mi renuncia voluntaria al puesto que vengo desempeñando.

Conforme al Artículo 83 del Código de Trabajo, hago entrega del aviso previo de [1 semana / 10 días / 2 semanas / 1 mes], por lo que mi último día de labores será el [fecha efectiva de renuncia].

Agradezco la oportunidad de haber formado parte del equipo y me comprometo a colaborar en la transición de mis responsabilidades hasta la fecha indicada.

Atentamente,

________________________
[Tu nombre completo]
DPI: [número]
Teléfono: [número]
Fecha: [día/mes/año]

Recomendación: Entregá dos copias. Pedí que firmen y sellen la tuya como acuse de recibo. También podés enviarla por correo electrónico institucional para tener registro de la fecha.

¿Qué prestaciones te corresponden al renunciar?

Prestación ¿Te corresponde al renunciar? Cálculo
Aguinaldo proporcional ✅ Sí Meses trabajados en ene-dic ÷ 12 × salario mensual
Bono 14 proporcional ✅ Sí Meses trabajados en jul-jun ÷ 12 × salario mensual
Vacaciones proporcionales ✅ Sí (Días hábiles prop.) × salario diario
Devolución cuotas IGSS ✅ Sí (historial acumulado) Se mantienen en el IGSS, no se devuelven en efectivo
Indemnización Art. 82 ❌ No Solo aplica en despido injustificado

Cómo calcular tu liquidación al renunciar

La liquidación al renunciar incluye:

  • Salario pendiente de días trabajados no pagados
  • Aguinaldo proporcional — período enero–diciembre
  • Bono 14 proporcional — período julio–junio
  • Vacaciones proporcionales — 15 días hábiles por año

Podés calcular el monto exacto con nuestra calculadora de liquidación laboral.

Ejemplo: Renuncia con 2 años y 3 meses trabajados — salario Q 6,000

Concepto Monto
Aguinaldo proporcional (3 meses en período) Q 1,562.50
Bono 14 proporcional (3 meses en período) Q 1,562.50
Vacaciones proporcionales (3 meses) Q 750.00
Indemnización Art. 82 Q 0 (renuncia voluntaria)
Total liquidación Q 3,875.00

¿Puedo renunciar durante el período de prueba?

Sí. Durante el período de prueba podés renunciar en cualquier momento sin penalización. El empleador también puede prescindir de tus servicios durante ese período sin pagar indemnización. Sin embargo, sí corresponde el pago proporcional de prestaciones por los días trabajados.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de aviso debo dar al renunciar en Guatemala?

El Artículo 83 del Código de Trabajo establece que el trabajador debe dar aviso previo según su antigüedad: menos de 6 meses = 1 semana; entre 6 meses y 1 año = 10 días; entre 1 y 5 años = 2 semanas; más de 5 años = 1 mes. El empleador puede prescindir del aviso pagando el salario correspondiente.

¿Pierdo mis prestaciones si renuncio voluntariamente?

No totalmente. Al renunciar voluntariamente tenés derecho a: aguinaldo proporcional, Bono 14 proporcional, vacaciones proporcionales, y devolución de las cuotas del IGSS. Lo que NO recibirás si renunciás es la indemnización del Artículo 82 (1 mes por año trabajado), que solo aplica en despido injustificado.

¿La carta de renuncia debe ir firmada ante notario?

No. La carta de renuncia no requiere autenticación notarial para tener validez. Puede ser un documento simple con fecha, datos del trabajador, nombre del empleador, fecha de efectividad y firma. Sin embargo, es recomendable guardar copia firmada y/o enviarla por medio rastreable (correo electrónico, WhatsApp).

¿Puedo retractarme de una renuncia en Guatemala?

Depende del acuerdo con el empleador. La renuncia es un acto unilateral del trabajador, pero si el empleador la acepta formalmente, retractarse requiere el consentimiento de ambas partes. Si aún no ha sido aceptada ni procesada, podés solicitar su revocación.

¿Qué pasa si no doy el aviso previo al renunciar?

Si renunciás sin dar el aviso previo establecido en el Artículo 83, el empleador puede descontarte de tu liquidación el valor del salario correspondiente al período de aviso que no cumpliste. No puede retenerte más que ese monto.

¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagarme la liquidación tras renunciar?

No existe un plazo fijo en el Código de Trabajo. Sin embargo, la práctica estándar y la jurisprudencia guatemalteca establecen que el pago debe realizarse dentro de los 10 a 15 días hábiles siguientes a la terminación del contrato. Si el empleador se niega, podés denunciar ante la Inspección General de Trabajo.

Recursos relacionados

Fuentes: Código de Trabajo de Guatemala, Decreto 1441, Artículos 82–85. Última actualización: julio 2026.

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