El fuero de maternidad en Guatemala protege a toda trabajadora embarazada o en período de lactancia de ser despedida sin causa justificada. Esta es una de las protecciones laborales más importantes del Código de Trabajo guatemalteco.
¿Qué cubre el fuero de maternidad?
| Período | Protección |
|---|---|
| Embarazo (desde notificación) | Prohibición de despido |
| Descanso prenatal (30 días antes del parto) | Salario completo pagado por IGSS |
| Descanso postnatal (54 días después del parto) | Salario completo pagado por IGSS |
| Período de lactancia (10 meses post-parto) | Prohibición de despido + 2 pausas de 30 min/día |
Fuente: Artículos 151-155 Código de Trabajo de Guatemala · Convenio OIT 183
¿Cómo funciona el descanso de maternidad?
El descanso de maternidad es de 84 días en total: 30 días previos al parto (prenatal) y 54 días después del parto (postnatal). Durante este período, la trabajadora afiliada al IGSS recibe el 100% de su salario cubierto por el seguro social (programa IEM). El empleador no paga directamente este período — lo cubre el IGSS.
Requisito para el pago del IGSS: estar afiliada y cotizando al IGSS con al menos 4 meses de cotización antes del parto.
¿Qué hacer si te despiden embarazada?
- No firmes ningún documento de renuncia o liquidación sin consultar a un abogado.
- Acude a la Inspección General de Trabajo (Ministerio de Trabajo) con tu constancia de embarazo y el aviso de despido.
- Puedes solicitar la reinstalación inmediata al puesto de trabajo.
- Interpón denuncia penal si el empleador se niega — el despido injustificado a embarazada tiene consecuencias legales.
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Preguntas frecuentes
- ¿Qué es el fuero de maternidad en Guatemala?
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El fuero de maternidad en Guatemala es la protección legal que impide a un empleador despedir a una trabajadora embarazada o durante el período de lactancia (10 meses después del parto). Está regulado en los artículos 151 al 155 del Código de Trabajo y en el Convenio 183 de la OIT ratificado por Guatemala.
- ¿Cuánto tiempo dura el fuero de maternidad en Guatemala?
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El fuero de maternidad en Guatemala protege a la trabajadora desde el momento en que el embarazo es confirmado y notificado al empleador, durante los 84 días del descanso prenatal y postnatal (30 + 54 días), y por 10 meses adicionales después del parto (período de lactancia garantizada).
- ¿Qué pasa si me despiden estando embarazada en Guatemala?
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Si un empleador despide a una trabajadora embarazada en Guatemala, el despido es nulo de pleno derecho. La trabajadora puede acudir a la Inspección General de Trabajo para denunciar el despido y exigir su restitución al puesto, o interponer demanda ante los Tribunales de Trabajo para reclamar salarios caídos e indemnización.
- ¿El período de lactancia incluye descanso pagado en Guatemala?
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No directamente. El fuero de maternidad en período de lactancia no otorga días de descanso adicionales, sino protección contra el despido. Sin embargo, el Código de Trabajo (Art. 153) otorga a la madre dos períodos de descanso de 30 minutos cada uno durante la jornada para dar de lactar, que no se descuentan del salario.
Base legal
- Código de Trabajo de Guatemala, Artículos 151-155 (Decreto 1441)
- Convenio 183 de la OIT sobre protección de la maternidad (ratificado por Guatemala)
- Reglamento del IGSS para prestaciones de maternidad (Acuerdo 468)
Última actualización: agosto 2026.