Días de Asueto en Guatemala 2026 — Lista Completa y Pago

RRHH.COM.GTGuatemala · 2026Días de Asueto Guatemala 202612 asuetos nacionales + municipioTrabajar en asueto = doble salario · Art. 128 CT12 asuetos nacionalesTrabajar = doble (200%)+ descanso = triple (300%)
Días de Asueto Guatemala 2026

Los días de asueto en Guatemala son los días no laborables establecidos por ley. Trabajar en asueto tiene recargos especiales. Aquí tienes la lista completa de asuetos 2026 y lo que dice el Código de Trabajo.

Si trabajas en asueto: cobras el doble (200%) de tu salario ordinario. Si además es tu día de descanso: triple (300%). Artículo 128, Código de Trabajo.

Lista de asuetos nacionales Guatemala 2026

Fecha Asueto
1 de enero Año Nuevo
Jueves Santo (2 de abril 2026) Semana Santa
Viernes Santo (3 de abril 2026) Semana Santa
Sábado de Gloria (4 de abril 2026) Semana Santa
1 de mayo Día del Trabajo
30 de junio Día del Ejército / Revolución
15 de septiembre Independencia
20 de octubre Revolución de 1944
1 de noviembre Día de Todos los Santos
24 de diciembre Nochebuena (medio día desde las 18:00 h)
25 de diciembre Navidad
31 de diciembre Fin de año (medio día desde las 18:00 h)
Festividad del municipio 1 día (varía por municipio)

Fuente: Artículo 127 del Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441) · Decreto 1485 del Congreso

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¿Cómo se calcula el pago por trabajar en asueto?

Ejemplo con salario de Q 4,000/mes (Q 133.33/día, Q 16.67/hora):

Situación Pago por el día
Solo asueto (no es día de descanso) Q 133.33 × 2 = Q 266.66
Asueto + día de descanso coinciden Q 133.33 × 3 = Q 400.00

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Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los días de asueto en Guatemala 2026?

Los días de asueto nacionales en Guatemala en 2026 son: 1 de enero, Semana Santa (Jueves y Viernes Santo, y Sábado de Gloria), 1 de mayo, 30 de junio, 15 de septiembre, 20 de octubre, 1 de noviembre, 24 de diciembre (medio día), 25 de diciembre, 31 de diciembre (medio día) y el día de la festividad del municipio.

¿Qué paga recibe si trabajo en un día de asueto en Guatemala?

Si trabajas en un día de asueto en Guatemala, tienes derecho al doble de tu salario ordinario por ese día (200%), según el Artículo 128 del Código de Trabajo. Si el día de asueto coincide con tu día de descanso semanal, tienes derecho al triple de tu salario ordinario.

¿Puede un empleador obligarme a trabajar en un asueto?

Sí, el empleador puede requerir que trabajes en un día de asueto en Guatemala cuando las necesidades del negocio lo requieran. Sin embargo, está obligado a pagarte el recargo correspondiente: doble de salario si es solo asueto, o triple si también es tu día de descanso.

Base legal

  • Código de Trabajo de Guatemala, Artículos 127-129
  • Decreto 1485 del Congreso de la República

Última actualización: agosto 2026.

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